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 En 1934, Cuba comienza la emisión de billetes a nombre de la República por carecer de un banco emisor. Respaldados por discos de plata de un peso, esos billetes se emitieron hasta 1949, los cuales pueden ser apreciados en la sala de circulante monetario perteneciente a la colección del Museo Numismático del Centro Histórico.

 En 1948 se crea el Banco Nacional de Cuba y comienzan a emitirse billetes a su nombre, sin embargo no fue hasta 1953 que se desmonetizaron los billetes Certificados de Plata. Incinerados al retirarse de circulación, hoy resultan muy escasos.

El 22 de marzo de 1934, el gobierno de la República mediatizada dictó el Decreto-Ley número 93, disponiendo la acuñación de diez millones de monedas de plata con valor de un peso y la impresión de igual suma de billetes Certificados de Plata, cuya emisión estaría respaldada por los citados discos. Según la ley, los nuevos billetes se imprimían con los mismos requerimientos y formalidades que el billete americano, es decir, que la moneda fiduciaria también se asimilaría, desde su creación, al papel moneda norteamericano. Desde 1934 hasta 1939, Cuba acuñó 67 millones de discos de plata de dicha denominación, con tipo distinto a los anteriores, destinados a conservarse en las Bóvedas de la Tesorería General de la República.

  
 El billete de un peso está representado por la figura del insigne patriota cubano José Martí (1853-1895). Sus dimensiones son de 156 por 67 milímetros.
El mencionado decreto-ley disponía los valores a emitir por la Tesorería General de la República serían de 1, 5, 10, 20, y 50 pesos, determinadas, además, las figuras que se reproducirían en sus anversos, todas ellas de insignes patriotas de nuestras guerras independentistas.
La falta de moneda fiduciaria había sido uno de los factores que contribuyeron a la salida del oro del país, el cual fue desmonetizado dos meses después, según Decreto-Ley número 244, que disponía su adquisición por el estado como lingote, dándole poder liberatorio ilimitado al peso de plata, y de un ocho por ciento del pago cuando fuera fraccionaria la moneda de dicho metal. Sin embargo, aunque de hecho se implementaba una nueva unidad metálica, teóricamente se mantenía como tal el peso oro, fijándosele un bruto de 0,9873 gramos con un fino de 0,8886.
Posteriormente fueron autorizadas distintas emisiones de Certificados de Plata, añadiéndose la denominación de 100 pesos.
La garantía de los Certificados de Plata fue variando de acuerdo a las distintas tendencias de la política monetaria del país, y en 2 de mayo de 1942 se dictó la Ley número cinco, que autorizaba al Ejecutivo a realizar emisiones de Certificados de Plata con garantía provisional de dólares norteamericanos con los cuales se constituía un fondo que permitía la adquisición de barras de oro que pasaban a ser garantía definitiva de dichos billetes, Ya las últimas emisiones de Certificados de Plata su respaldo estaba constituido por discos de plata de un peso, oro amonedado, barras de oro y dólares norteamericanos, estos con carácter provisional.
A partir de 1944 se emitieron Certificados de Plata de las denominaciones de 500 y 1000 pesos. Los pertenecientes a las denominaciones de 1 a 100 pesos fueron impresos por el United States Bureau of Engraving and Printing, Washington, (USBEP), y llevan en su parte central inferior las leyendas siguientes:
Anverso: Este certificado, cuyo valor en plata acuñada esta depositado en la Tesorería General de la República, será aceptado, sin limitación, en pago de los impuestos del estado, la provincia y el municipio.
Reverso: Este certificado acredita que su importe esta depositado íntegramente en monedas de plata de a peso, del cuño nacional, en la Tesorería General; de la República, a la disposición del tenedor del mismo y que le será entregado a su demanda.
 
 En el billete de mil pesos se representa a Tomás Estrada Palma (1835-1908), primer presidente de la República de Cuba.
A su vez los valores de 500 y 1000 pesos fueron impresos por la American Bank Note Company, Nueva Cork, (ABNC), y presentan las siguientes leyendas:
Anverso: Este certificado emitido de conformidad con lo dispuesto en la Ley número 5 de 2 de mayo de 1942, será aceptado sin limitación, en pago de impuestos del estado, la provincia y el municipio.
Reverso: La Tesorería General de la República, cuando lo demande su portador, redimirá este certificado en moneda de plata del cuño nacional.
Todos estos billetes llevan impreso en su anverso el emblema de la Tesorería General de la República, en color rojo. Como se hizo costumbre con el decurso del tiempo los presidentes de la República estampaban su rúbrica junto al presidente del banco, en este caso de los Ministros de Hacienda puesto que el Banco Nacional de Cuba no crea hasta 1948, por tanto en las diferente emisiones aparecen las firmas de Carlos Mendieta Montefur, Miguel M. Gómez Arias, Federico Laredo Bru, Fulgencio Batista Zaldívar y Ramón Grau San Martín; en correspondencia con sus mandatos presidenciales. Los mismos fueron desmonetizados por Decreto número 734 de 6 de marzo de 1953, siendo actualmente muy escasos por haberse incinerado al retirarse de la circulación. 
Esta información fue redactada a partir de los textos:
Cuba, emisiones de monedas y billetes 1915-1980. Editado por el Museo Numismático del Banco Nacional de Cuba.
«Museo numismático, un tesoro acuñado» en Opus Habana, vol.VIII, no.2/2004. Oficina del Historiador.

Fernando Padilla
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Opus Habana